El Universal, 03/02/2023
Este viernes entra en vigor el decreto por el que todas las operaciones de carga aérea del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) deberán mudarse a otras terminales aéreas en un plazo máximo de 108 días hábiles.
El decreto presidencial se dio a conocer el jueves por la noche y establece que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Establece que los concesionarios y permisionarios que proporcionen el servicio de transporte aéreo, nacional e internacional regular y no regular exclusivo de carga tienen como plazo máximo el señalado, a partir de la entrada en vigor del decreto, para reubicar sus operaciones fuera del aeropuerto capitalino.